viernes, 30 de septiembre de 2016
Carta de un preferentista a los exdirectivos de las tarjetas black
Por Roberto Serrano
Lluch
El diario.es,
29/09/2016.
Preferentista por accidente desde el 28 de febrero de 2014,
cuando falleció mi padre, súbitamente, el mismo día que recibió en su oficina
de Bankia de toda la vida (más de 40 años como cliente), los 25.268,74€
provenientes del arbitraje de consumo de las preferentes de Caja Madrid.
Fallecimiento sobrevenido, posiblemente, por el desenlace de tanta angustia
contenida durante los dos años previos, sin saber, si recuperaría los ahorros
de toda una vida de 83 años de sacrificio y moderación.
Sacrificio y moderación que no habéis tenido ninguno de los
63 exconsejeros y exdirectivos de Caja Madrid y Bankia, que ahora estáis
sentados en ese banquillo de la vergüenza. No vergüenza por los delitos que se
os imputan, si no por los usos que habéis hecho del dinero ajeno. Ahora queréis
evitar la condena con argucias jurídicas de plazos y defectos formales, sin
asumir vuestra responsabilidad, ni pedir siquiera disculpas por tanto daño como
habéis infringido a través de la entidad de la que erais consejeros o altos
directivos.
Lo que mi padre ganó con sudor, vosotros sudabais por
gastarlo en un obsceno catálogo de vicios, sin importaros que ese dinero había
sido sustraído con engañosas prácticas comerciales a cerca de 300.000 ancianos
de sus casi 11.000 millones de euros ahorrados, en esa otra vergüenza que
fueron las preferentes.
Mi padre no se dejó aconsejar por mí en agosto de 2009,
cuando por dificultades tuvo que recuperar parte de su inversión (8.000€). Mi
insistencia a que retirara toda la inversión ante la demora en la devolución de
parte de sus preferentes no pudo contra los argumentos que esgrimían los
empleados de Caja Madrid. De haber conocido en aquel momento vuestra dudosa
moral, que desde octubre de 2014 sabemos a través del uso que hacíais del
dinero de las black card, no hubieran faltado argumentos para ni siquiera
comprar vuestras preferentes.
En mi peregrinar, acompañando a mi padre por instituciones,
manifestaciones, partidos políticos, medios de prensa y un largo etcétera, pude
acercarme y comprender a mi padre y a cientos de ancianos más con similares
circunstancias.
Sin embargo, no comprendo ni comprenderé como vosotros,
excúpula directiva y exconsejeros de Caja Madrid y Bankia pudisteis derrochar
casi 11 millones de euros para unos usos tan ajenos de los objetivos que deben
prevalecer en una entidad financiera, que fue reconocida como una de las más
solventes de Europa. Vuestra moral cuan diferente es del origen filantrópico de
las Cajas de Ahorros del siglo XIX, y que para el caso de Caja Madrid surgiera
en 1702 como Monte de Piedad por iniciativa del sacerdote aragonés Francisco
Piquer, para lucha contra la usura, dando a los pobres préstamos gratuitos
prendarios con alhajas y ropas para satisfacer las necesidades más básicas como
la salud.
Y de salud quiero hablar, no de la que hayáis podido sentir
mermada en este inefable proceso, exconsejeros y exdirectivos, sino de la que
perdió mi padre José Manuel, antes de morir, con noches de insomnio y
pensamientos en bucle por haber sido engañado. También de la salud de los otros
tantos, compañeros de lucha, que ya no están y que estando se sienten peor en
sus dolencias. Este hecho, es lo que hace dos años nos unió a un grupo de
afectados y científicos, para estudiar desde la evidencia qué efectos tuvieron sobre
la salud de los afectados la circunstancia de haber perdido todos sus ahorros
depositados en una entidad bancaria como Bankia.
El próximo lunes 3 de octubre, estos científicos se reunirán
en la Escuela Nacional de Sanidad y debatirán todo el día, desgranando los
datos obtenidos de cientos de afectados para, a través de la evidencia, llegar
a conclusiones. Todos, sin conocer los resultados del estudio que publicará
próximamente FinSalud, creemos saber cuáles son.
-Roberto Serrano LLuch es hijo de afectado y presidente de
AdaBankia y Patrono de Finsalud.-
Disponible en:
jueves, 29 de septiembre de 2016
El Estado da el primer paso para una posible fusión de Bankia y BMN
El diario.es,
28/09/2016.
El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) está
estudiando la fusión de Bankia y BMN, además de otras alternativas, como medio
para reordenar sus entidades de crédito participadas.
"A fecha de hoy, se trata exclusivamente de una
actuación de estudio sin que, hasta el momento, se haya tomado decisión alguna
para que la mencionada transacción se lleve a cabo. De tomarse alguna decisión,
se realizaría el correspondiente anuncio", señala Bankia en una
comunicación remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
La entidad que preside José Ignacio Goirigolzarri ha
precisado que cualquier posible operación de integración "se realizará con
la finalidad de maximizar el valor del grupo" para todos sus accionistas y
optimizar la capacidad de las ayudas públicas.
Disponible en:
miércoles, 28 de septiembre de 2016
Créditos rápidos, la usura del siglo XXI
Por Yago Álvarez
El Salmón
Contracorriente, 27/09/2016.
Tipos de interés de
más del 2.000% TAE, comisiones abusivas que duplican el importe del préstamo,
acoso telefónico a los clientes y sus familias... Analizamos la industria de
los "créditos rápidos", las condiciones abusivas de sus préstamos y su
escasa legislación.
La desesperación de aquellas personas que siguen sin
encontrar salida a su deplorable situación económica después de años de crisis y
que se ven asfixiadas por las deudas, sumado a la pequeña subida del consumo y
el barato precio del dinero, han traído consigo un repunte de las empresas que
ofrecen dinero “rápido y fácil”. Son los conocidos como créditos rápidos o
minicréditos, que inundan los cortes publicitarios de la televisión y las
marquesinas de las calles con agresivas campañas de captación de clientes.
Aunque el crédito resuelto de una manera rápida, con altos
intereses y sin apenas avales, ha sido la práctica habitual de los usureros y
prestamistas durante toda la historia, el boom de este tipo de préstamos y la
aparición de decenas de empresas ocurrió en los años previos al estallido de la
burbuja inmobiliaria y la crisis mundial de 2008. En pleno apogeo del crédito
descontrolado, las empresas que ofrecían créditos que se concedían de manera
rápida, de cuantías pequeñas y con plazos de devolución cortos, aparecieron y
se expandieron, abriéndose paso entre las empresas financieras a golpe de crear
nuevos portales web, agresivas campañas publicitarias y empujadas por la
euforia inversora y de gasto de la burbuja financiera.
Los créditos rápidos, llamados así por la velocidad con la
que se conceden, son préstamos de menor importe, inferiores a 200 euros
–llamados minicréditos y que escapan a cualquier legislación– y hasta los 6.000
euros. El plazo de devolución es otra característica singular de estos
préstamos. Algunas empresas ofrecen la posibilidad de devolver los créditos en
plazos de entre 12 y 36 meses, pero muchas de ellas, como 1credito.es o
twinero.es, ofrecen préstamos a devolver en un máximo de 30 días.
La inmediatez en la disposición del dinero, los sistemas de
contratación a distancia (teléfono e internet) y la poca o nula exigencia de
garantía de pago son otras de las características de estos préstamos que
facilitan el acceso a personas empujadas por la urgencia o la desesperación,
que responden a impulsos consumistas, con una mayor predisposición a no poder
devolver el dinero, o a colectivos más desprotegidos, excluidos por el sistema
bancario tradicional y sin capacidad de defenderse ante los abusos cometidos
por estas empresas por un posible impago o demora.
Intereses del 2.000%
TAE
Pero, sin duda, lo más llamativo, a la vez que peligroso,
son los tipos de interés que ofertan estas empresas. Los intereses, comisiones
y penalizaciones de muchas de estas compañías multiplican en cientos de veces
los tipos de interés de los préstamos al consumo que comercializan en la banca
tradicional o del precio actual del dinero.
La Tasa Anual Equivalente (TAE) es el indicador más fiable
para calcular y comparar el coste real de un préstamo de manera objetiva. Este
porcentaje muestra cuál sería el tipo de interés al que estamos pagando el
préstamo si el plazo de devolución fuera de un año. Las empresas especializadas
en los préstamos rápidos han sido obligadas a mostrar la TAE de los créditos en
su web, algo que muchas siguen sin cumplir, o ponen la información en una zona
de la web difícil de encontrar.
Estas empresas han mostrado su disconformidad con esta
obligación argumentando que la TAE no sería el medidor idóneo para un préstamo
de un mes al considerar que sus “productos” son distintos a los créditos al
consumo o hipotecas. “¿Te imaginas la confusión que generaría que al llamar a
un taxi, para una pequeña carrera de 20 minutos, la ley obligara al taxista a
expresar el coste del alquiler del taxi durante todo el año? ¿O que un hotel
cotizara sus habitaciones por el coste anual?”, cuestiona la web de la empresa
Contante.es.
Si los tipos de interés que ofertan estas compañías no
fueran lo suficientemente altos de por sí, las penalizaciones y recargos
aplicadas a los retrasos en los pagos terminan de encarecerlos de manera
exorbitada. Algunas empresas, como Cashper, cargan con 20 euros de comisión el
retraso en un pago, aunque éste sea de un solo día. A esto se le suman las
“comisiones por informar” del retraso que cobran muchas de estas empresas.
Cobros de 20 euros por el simple hecho de enviar al cliente un SMS avisando del
impago o 35 euros por el envío de un SMS, una carta y un email.
Según un estudio realizado por la asociación de clientes de
la banca Adicae sobre el crédito no hipotecario en España, las penalizaciones
por impago pueden multiplicar los costes del préstamo, como ocurre con la
empresa Vivus.es, que obliga al cliente, en caso de impago al vencimiento de
una cuota, a pagar una penalización por mora de un 1% diario de la cantidad
pedida. En Kredito24, si el retraso en la devolución es de un día, los
intereses y gastos supondrán un 20% más, y de esta forma correlativamente hasta
alcanzar el 45% si el plazo transcurrido es de 20 días. En el caso de
Creditomovil, pasados tres días desde la fecha de vencimiento, tendrá un coste
adicional de 10 euros. Transcurridos 10 días, ese coste adicional será de 15
euros a sumar a los 10 del paso anterior, y así sucesivamente; cantidades
exorbitadas comparadas con los importes de los préstamos.
Las penalizaciones económicas no son los únicos abusos que
pueden sufrir los clientes en caso de demora o impago. En un estudio realizado
por la Cooperativa de Investigación Social y de Mercado Indaga Research para la
Asociación General de Consumidores, los clientes de créditos rápidos
entrevistados narran las agresivas técnicas de recobro que usan estas empresas.
“Cuando tienes un retraso son capaces de llamarte cada hora mediante un sistema
de marcado automático”, dice uno de ellos. Otro cliente explica que “hubo un
momento de cartas con amenazas. Llegaban a llamar a mi familia, la localizaban,
llamaban a mis padres y llegaron a llamar a mi hermano, que vive al lado de mis
padres, sólo por tener el mismo apellido que yo”, lo que supone una posible
infracción de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Además, aprovechando la urgencia y desesperación de muchos
de los clientes que acuden a este tipo de servicios, las empresas que
comercializan estos préstamos eluden la obligación de información y
transparencia. Según un sondeo realizado por Adicae entre sus socios en 2015,
el 68% de los encuestados que accedieron al crédito rápido afirmaban que no
fueron informados con claridad y sencillez de las condiciones. El 56,3% afirmó
que no conoce las consecuencias de no pagar el crédito y el 64% tuvo problemas
con la contratación del mismo, porque la explicación fue difusa y porque había
cláusulas que les parecieron abusivas.
¿Quién los controla?
Los créditos rápidos no cuentan con una definición legal, ni
regulación o tratamiento específico. Muchas de las compañías que los
comercializan son entidades no financieras, por lo que escapan a la regulación
del Banco de España. También a la de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, ya que no son sociedades cotizadas.
Estas empresas están supervisadas por el Ministerio de
Sanidad y Consumo a través de la Ley 22/2007 sobre comercialización a distancia
de servicios financieros destinados a los consumidores, y cuyos requerimientos
varían en función de la comunidad autónoma en la que se aplique. También, al
tratarse de productos de crédito, estarán legislados en base a la Ley 16/2011
de contratos de crédito al consumo.
Esta última ley ha sido criticada por asociaciones de consumidores
como Facua o Adicae, ya que no regula los créditos cuyo importe total no
alcanza los 200 euros, dejando en una situación de mayor vulnerabilidad a los
consumidores. “En estos casos se aplicará el Código Mercantil y la normativa
general de consumo. ¿Qué significa esto en la práctica? Pues que una actividad
financiera y tan sensible como la concesión de crédito no está controlada por
ningún supervisor como el Banco de España”, explican desde Adicae a este medio.
“Así que el control de estos ‘chiringuitos’ de microcréditos depende de las
administraciones autonómicas, carentes de la capacidad para supervisar a un
número indeterminado de empresas fuera de control, que podría llegar a unas mil
empresas”, lamentan.
Usura
La Ley Azcárate de 1908, todavía vigente, sobre la usura
indica que será cancelado todo contrato con “un interés notablemente superior
al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias
del caso o en condiciones tales que el crédito resulte leonino por las circunstancias
de angustia o similar en la que se concedió”, pero no establece un tipo de
interés concreto. Esta ley, declaran desde Adicae, “es muy ambigua y la
realidad nos muestra que en caso de conflicto hay que acudir a la
jurisprudencia y al análisis del caso por caso, con el perjuicio que este
enfoque individualista conlleva para la defensa de los consumidores, en lugar
de regularla de forma clara y con una solución general y colectiva”.
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