Por Marta Garijo
El diario.es,
01/09/2017
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha aceptado
medio centenar de demandas contra la decisión de la Junta Única de Resolución
de intervenir el Banco Popular para posteriormente subastarlo y acabar
vendiéndolo a Banco Santander por un euro en una operación en la que los
accionistas perdieron todo su dinero al amortizarse los títulos a cero.
Entre las demandas hay pequeños inversores, fondos o
asociaciones de consumidores que piden la anulación de la operación. El
tribunal, según ya recordó Bruselas, es el órgano competente para resolver
sobre las decisiones que ha tomado una institución europea.
Tras cumplirse el plazo para poder presentar estos recursos,
en total hay 51 que van contra la decisión de la JUR y en algunos casos también
contra la propia Comisión Europea por su intervención. Las demandas se han ido
interponiendo desde la resolución de Banco Popular, que se produjo el 7 de
junio, hasta dos meses después, el 7 de agosto, el plazo que daba la justicia
europea. Aunque algunas llegaron más tarde, por los diez días de plazo extra
heredados del tiempo en que la entrega de documentos no era telemática.
Por ahora, los recursos aparecen en el listado del TJUE como
asunto pendiente y será en los próximos días tras sus estudio se vayan dando
pasos hacia su resolución. Aunque no existe un plazo para que se falle sobre
estos casos, sino que en la normativa se recoge que sea "un plazo
razonable".
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea con sede en
Luxemburgo está formado por dos órganos jurídicos, por un lado el Tribunal
General y por otro el Tribunal de Justicia. Este último fue el que dirimió
sobre la cuestión de las cláusulas suelo y el que está estudiando el caso, por
ejemplo, de Uber. Sin embargo, es el Tribunal General el que tiene que fallar
en los recursos contra las decisiones de
las instituciones como es el caso de Popular. Entre las diferencias de los
órganos está que en el General no existe la figura del abogado general y sus
conclusiones, sino se dicta directamente la sentencia.
En general, los recursos buscan que se anule la decisión de
la JUR de resolver el banco. Aunque si no se consigue anular esta decisión, en
varios casos se pide una "adecuada compensación económica" para los
accionistas que se quedaron a cero tras la intervención europea en Popular.
Este es el caso de la asociación de accionistas minoritarios
Aemec representadas por Cremades & Calvo Sotelo que establece en 1,85 euros
el valor al que debería retribuirse al accionista según su análisis de las
cuentas de Popular. La cotización de los
títulos de Popular a cierre de mercado la tarde antes de su intervención era de
0,32 euros.
En el caso de otro de los recursos, el presentado por el
despacho B. Cremades & Socios piden la nulidad de la actuación de la JUR
pero "no obstante, se solicita una indemnización mínima equivalente al
precio de cotización de los instrumentos de capital de Banco Popular a fecha 22
de mayo de 2017". En esa sesión, las acciones cerraron a 0,69 euros.
Entre los grandes accionistas, el empresario mexicano
Antonio del Valle, que llegó a tener algo más del 4% del capital de Popular,
también ha presentado recurso al considerar "ilegal" el marco de la
resolución Los inversores afirman que se
les negaron derechos fundamentales garantizados por la legislación comunitaria
a las partes interesadas. Ponen en entredicho la actuación europea y señalan
que Popular no estaba en "graves dificultades" ni probablemente fuera
a estarlo, sino era un problema de liquidez a corto plazo que se originó por
las declaraciones de la presidenta de la JUR, Elke König, que llevaron a los
depositantes a concluir que el banco se enfrentaba a una resolución inminente.
Los grandes fondos también han presentado acciones. Los
recursos de Algebris, Anchorage y Ronit van contra la JUR, pero también contra
la Comisión Europea. Estos recursos consideran que la CE fracasó en la
evaluación apropiada o en todo caso de los aspectos discrecionales de la
resolución que adoptó la JUR, según informa Expansión.
Petición de informes
de la resolución
Previamente a estos recursos, muchos de los afectados por la
resolución de Popular habían realizado la petición de información a la JUR
sobre cómo se tomó la decisión. Sin embargo, el organismo ha decidido no hacer
público el informe de Deloitte solicitado por varios de los que eran
accionistas del banco en el momento de la resolución del banco.
Este es el caso del
Grupo Luksic que poseía un 3,45% del capital de la entidad
cuando se produjo la resolución y recibió la negativa del organismo a recibir
este y otros documentos. "La difusión del Informe de Valoración y los
elementos de la Decisión de Resolución que se refieren a datos financieros de
Banco Popular, así como a su posición particular en el mercado, podrían socavar
la protección de los intereses comerciales de la entidad y de su
comprador", decía la respuesta recibida por el Grupo Luksic.
La presidenta de la JUR, Elke König, durante su intervención
en la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo, en la
que fue su primera comparecencia pública tras la resolución de Banco Popular La
JUR n o hará público el informe de Deloitte sobre Banco Popular ratificó
que no se publicará el informe de
Deloitte, clave en la resolución de la entidad, que otorgó al banco una
valoración de entre 2.000 y 8.200 millones de euros negativos al entender que
contiene información confidencial.
Además de las demandas en el tribunal europeo, los afectados
han optado por otras vías habiendo sido ya aceptadas varias querellas ante la
Audiencia Nacional. Esta semana también se ha conocido que se presentaba la
primera demanda por la vía civil.
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