Por Eduardo Bayona
Público.es,
19/02/2018.
El magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 4 de
la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, ha ordenado practicar una ‘autopsia’
documental sobre el fiasco de Banco Popular dentro de la investigación penal de
su fiasco, motivada por la presentación de varias querellas.
La entidad financiera, considerada el sexto banco del país
hasta primeros de junio, fue comprado por un euro por Banco Santander tras
ordenar la UE y el Gobierno español la amortización de 4.128 millones de euros
en acciones e instrumentos de capital. Esa decisión, basada en una auditoría de
urgencia que no descartaba que Popular fuera viable con na inyección de 2.000
millones e incluso que estuviera en ‘números negros’, provocó decenas de miles
de damnificados, la mayoría de ellos ahorradores que habían acudido a la
ampliación de capital de 2.500 millones de 2016 y que son los que han ido
presentando las querellas.
El juez ha ordenado la entrega de 82 bloques de
documentación sobre la entidad ‘resuelta’ a tres órganos de la Administración
española (Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores y Frob) y a
dos comunitarias (Banco Central Europeo), además de a la auditora PwC, a
Citibank y Morgan Stanley, que estudiaron la situación de la entidad para su
eventual compra por Bankia y por Santander, y a ocho competidores directos como
los dos últimos, el anterior, BBVA, Sabadell, CaixaBank, UBS y Societé
Generale.
La documentación solicitada, que obliga a posponer los
interrogatorios de investigados y testigos hasta su entrega, que tardará varios
meses, tiene varios objetivos entre los que destacan conocer la situación real
del banco, determinar los movimientos de dinero y las operaciones comerciales
que se fueron produciendo, establecer cuál era realmente su nivel de
insolvencia, esclarecer sus causas y conocer los movimientos del sector en el
periodo previo a la ‘resolución’.
Las diligencias vendrían a equivaler a dos de las básicas
cuando un juzgado investiga la muerte de una persona: la autopsia, para conocer
las causas del fallecimiento, y el comportamiento y las coartadas de los
allegados, en este caso para esclarecer su eventual intervención.
¿Qué fue del ‘banco
malo’ de Popular?
A los competidores de Popular el magistrado les reclama que
remitan “cualquier informe o documento emitido” por sus equipos de riesgos
desde enero del año pasado que “contenga o en el que se realicen estimaciones
de las potenciales contingencias existentes que puedan afectar a la situación
patrimonial y financiera” de Banco Popular. El requerimiento añade en el caso de
Santander los informes de valoración y las posibles ofertas previas a la
adquisición.
En cuanto al Banco de España, el juez le ordena la entrega
de 18 bloques de documentos entre ellos todos los referentes a sus valoraciones
sobre los riesgos de la actividad crediticia del banco y sus provisiones, sus
evaluaciones de solvencia y de seguimiento desde 2012, las actas de los
encuentros entre directivos de ambas entidades y todos los informes de
inspecciones y los requerimientos enviados desde esa fecha.
Sobre los dos últimos años de funcionamiento independiente
de la entidad, el juez se interesa especialmente por todo lo relativo a
“decisiones de capital”, al seguimiento de la ampliación de 2016 y, en
particular, a los “informes, análisis, comentarios o reparos” que los técnicos
del antiguo emisor realizaron al “Plan Sunrise”, con el que Popular pretendía
crear su propio ‘banco malo’ con los activos de su inmobiliaria Aliseda, que
hoy gestiona el fondo Blackstone.
El magistrado solicita la entrega por el Banco Central
Europeo de sus trabajos de supervisión de los años 2026 y 12017, pide a la
Junta Única de Resolución (JUR) de la UE la auditoría de Deloitte en la que
basó su decisión y requiere al Frob “los expedientes administrativos completos”
relacionados con Popular en esos dos años, y “en particular el generado por el
procedimiento comunitario de resolución”, así como una “copia certificada de
las comunicaciones, informes y documentos que desde el 7 de junio de 2017 en
adelante el Banco de Santander le haya remitido para el saneamiento y
reestructuración” de la entidad.
La CNMV deberá remitirle “los requerimientos e
investigaciones realizados hasta la fecha para dilucidar la existencia de
ocultación de pérdidas provenientes de ejercicios anteriores a 2017”, así como
sus trabajos sobre la ampliación de capital de 2016 y, también, sobre el “Plan
Sunrise”.
La remuneración de
los consejeros
El magistrado, que intenta determinar la situación real del
Popular y su evolución en los últimos años como banco independiente, presta
especial atención a la remuneración de sus directivos.
En este sentido, le ordena que “certifique lo abonado” a sus
consejeros entre 2025 y 2017 “en concepto de retribuciones, dietas, pluses,
indemnizaciones, planes de pensiones, participaciones en beneficios, primas de
fichaje” y cualquier otra cantidad entregada “en metálico o por aportación”.
Una diligencia de este tipo permitió descubrir las ‘tarjetas black’ de
Cajamadrid, investigadas por el mismo magistrado.
Y, “en particular”, se interesa por saber si dejaron de
cobrar alguna cantidad en aplicación de “la llamada cláusula malus” y si se les
exigió “determinadas restituciones de retribuciones, en aplicación de la
cláusula "clawback". Ambas consisten en que los ejecutivos pierden el
derecho a cobrar, o deben devolverlo si lo han recibido, la parte variable de
su retribución cuando la entidad que dirigen tiene resultados negativos. La
CNMV lleva años sugiriendo a las empresas del Íbex su aplicación, que debe
recogerse en los contrato.
Créditos, avales y
garantías a la cúpula, sus empresas y su familia
Paralelamente, el juez ha reclamado al banco de España que
le remita la información de que disponga sobre las “retribuciones globales, en
todas sus modalidades, de los consejeros y directivos del Grupo Banco Popular,
en los ejercicios 2016 y 2017”.
Y, al propio Popular, que le “remita detalle de las
operaciones de crédito, aval o garantía efectuadas desde el 1 de enero de 2008
hasta la actualidad, ya sea directamente o indirectamente, a favor de miembros
del consejo de administración de la entidad o de su personal directivo, y de
sus familiares o entidades o empresas que controlen”.
No obstante, no es esta la única documentación que reclama a
la entidad, que deberá cumplimentar 35 bloques de información entre los que se
incluyen las copias de las actas del consejo desde el 1 de enero de 2014 al 7
de junio de 2017 y los trabajos de auditoría, junto con la identificación de
sus autores, que llevaron a Popular a elevar su agujero reconocido a 3.500
millones (que se multiplicaría por más de tres en seis meses).
El juez Andreu también le ordena remitir, entre otros
documentos, sus últimas planificaciones de capital a tres años con sus
respectivas modificaciones, las actas de las sesiones de los comités de
Auditoría, de Riesgos y de Dirección desde enero de 2014, una “explicación
detallada de los cálculos de provisiones por 4.700 millones de euros y pérdidas
de 2.000 millones de euros” que contenía el folleto de la ampliación de capital
de 2016 y, también, un “detalle de las desviaciones entre las cifras anteriores
y las cifras finalmente producidas al cierre del año”.
Disponible en:
No hay comentarios:
Publicar un comentario